Es muy habitual encontrar vecinos descontentos con la gestión del administrador de fincas de su comunidad de propietarios. La mayoría de ellos, además de pedir un presupuesto personalizado a F&C Administradores en Alicante y en Benidorm, nos preguntan cómo pueden cesar a su administrador de fincas actual.
Desde F&C Administración de Fincas vamos a resolver tus dudas:

¿Quién puede convocar la junta para el cese del administrador actual?
El presidente de la comunidad no puede cesar al administrador sin convocar una Junta y que el voto sea favorable. La junta, de carácter extraordinario, puede ser convocada por el Presidente, o por un cuarto del total de los vecinos, o si estos representan el 25% de la cuota de participación. La junta de propietarios para el cambio puede ser celebrada SIN la presencia del administrador actual.
¿Cual es la mayoría necesaria para cambiar de administrador de fincas?
En primera convocatoria para aprobar el cambio de administrador se requiere el acuerdo de ⅗ partes, es decir el 60% de los propietarios o cuotas de participación.
En segunda convocatoria es suficiente con la mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los vecinos asistentes a la junta.
En caso de aprobación debe ir firmada por el Presidente y el secretario y contamos con un plazo de 10 días para informar, mediante buro fax o certificado de acuse de recibo, al actual administrador, solicitando una fecha para la entrega de la documentación.
¿Qué debe contener la Convocatoria para cambiar al administrador?
Como ya hemos avanzado, en esta junta de propietarios se puede prescindir de la presencia del actual administrador de fincas. En el asunto de la Junta Extraordinaria se debe especificar:
“Cese del actual secretario-administrador y elección del nuevo secretario-administrador: estudio de presupuestos y aprobación, si procede.”
¿Cómo debo notificar a los vecinos la Junta del cambio de administrador de fincas?
La convocatoria de una junta extraordinaria por cambio de administrador se debe notificar a todos los vecinos con un mínimo de 24 horas de antelación. La Convocatoria puede efectuarse directamente en el tablón de anuncios o en el portal para su comunicación. En los casos en los que exista una segunda dirección de correspondencia, deberían comunicarse a ese domicilio.
¿Cuáles son las obligaciones del administrador de fincas CESADO?
El administrador de fincas que ha sido cesado tiene la obligación de entregar toda la documentación urgente en el plazo de 8 días y un mes para el resto de la documentación de la comunidad, desde la notificación del cese de sus servicios. Entre la documentación que debe entregar el administrador cesado se encuentra:
- el Libro de Actas
- CIF de la Comunidad
- los contratos de la comunidad de propietarios vigentes y rescindidos
- presupuestos pedidos
- el fichero LODP
- los datos de los vecinos (nombre, teléfono, direcciones, etc.)
- documentación contable de los últimos 5 ejercicios
- el listado de importes de cuota y propiedad
- listado de impagados
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