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Gestión eficiente y transparente de fincas, comunidades de propietarios, garajes y complejos en Alicante, Benidorm y alrededores.

  • ¿Cómo cambiar o cesar al administrador de fincas de tu comunidad de vecinos en Alicante?

    Es muy habitual encontrar vecinos descontentos con la gestión del administrador de fincas de su comunidad de propietarios. La mayoría de ellos, además de pedir un presupuesto personalizado a F&C Administradores en Alicante y en Benidorm, nos preguntan cómo pueden cesar a su administrador de fincas actual.

    Desde F&C Administración de Fincas vamos a resolver tus dudas:

    ¿Quién puede convocar la junta para el cese del administrador actual?

    El presidente de la comunidad no puede cesar al administrador sin convocar una Junta y que el voto sea favorable. La junta, de carácter extraordinario, puede ser convocada por el Presidente, o por un cuarto del total de los vecinos, o si estos representan el 25% de la cuota de participación. La junta de propietarios para el cambio puede ser celebrada SIN la presencia del administrador actual.

    ¿Cual es la mayoría necesaria para cambiar de administrador de fincas?

    En primera convocatoria para aprobar el cambio de administrador se requiere el acuerdo de ⅗ partes, es decir el 60% de los propietarios o cuotas de participación.

    En segunda convocatoria es suficiente con la mayoría simple, es decir, la mitad más uno de los vecinos asistentes a la junta.

    En caso de aprobación debe ir firmada por el Presidente y el secretario y contamos con un plazo de 10 días para informar, mediante buro fax o certificado de acuse de recibo, al actual administrador, solicitando una fecha para la entrega de la documentación.

    ¿Qué debe contener la Convocatoria para cambiar al administrador?

    Como ya hemos avanzado, en esta junta de propietarios se puede prescindir de la presencia del actual administrador de fincas. En el asunto de la Junta Extraordinaria se debe especificar:

    “Cese del actual secretario-administrador y elección del nuevo secretario-administrador: estudio de presupuestos y aprobación, si procede.

    ¿Cómo debo notificar a los vecinos la Junta del cambio de administrador de fincas?

    La convocatoria de una junta extraordinaria por cambio de administrador se debe notificar a todos los vecinos con un mínimo de 24 horas de antelación. La Convocatoria puede efectuarse directamente en el tablón de anuncios o en el portal para su comunicación. En los casos en los que exista una segunda dirección de correspondencia, deberían comunicarse a ese domicilio. 

    ¿Cuáles son las obligaciones del administrador  de fincas CESADO?

    El administrador de fincas que ha sido cesado tiene la obligación de entregar toda la documentación urgente en el plazo de 8 días y un mes para el resto de la documentación de la comunidad, desde la notificación del cese de sus servicios. Entre la documentación que debe entregar el administrador cesado se encuentra:

    • el Libro de Actas
    • CIF de la Comunidad
    • los contratos de la comunidad de propietarios vigentes y rescindidos
    • presupuestos pedidos
    • el fichero LODP
    • los datos de los vecinos (nombre, teléfono, direcciones, etc.)
    • documentación contable de los últimos 5 ejercicios
    • el listado de importes de cuota y propiedad
    • listado de impagados 

    ¿Estas buscando un nuevo administrador de fincas en Alicante o en Benidorm? Pide presupuesto en F&C administradores de fincas.

  • ¿Cómo se aprueba una derrama y cómo se reparte el pago entre los vecinos?

    Una derrama en una comunidad de propietarios es una cuota extraordinaria y puntual que cada propietario debe pagar para cubrir gastos no contemplados en el presupuesto anual.

    Las decisiones sobre las actuaciones de la comunidad se toman en las juntas de propietarios.

    Depende del tipo de acuerdo pueden requerirse 4 tipos de mayorías:

    • Unanimidad
    • Mayoría de ⅗
    • Mayoría simple (la mitad más 1)
    • Acuerdo de ⅓

    Basándonos en el artículo 17.7 de la Ley de Propiedad Horizontal se podría decir que la derrama se aprobará por mayoría simple de los propietarios presentes en la junta que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación. Siempre y cuando esa derrama sea necesaria para la correcta conservación del inmueble o para suprimir barreras arquitectónicas. 

    En el caso de derramas no necesarias, se acordarán mediante el voto favorable de 3/5 partes de los propietarios presentes y que representen 3/5 partes de las cuotas de participación.

    En lo que respecta a la cantidad a pagar, siempre y cuando en los estatutos no se haya establecido otra forma de participación (que tendría preferencia), vendrá dada por el coeficiente de participación de la vivienda. Es la relación entre la superficie útil de la vivienda frente a la total del edificio. Se puede consultar en la escritura de compraventa, pidiendo una nota simple del Registro de la Propiedad o a través del catastro. 

  • ¿Tengo que pagar las deudas en las cuotas de la comunidad del anterior propietario después de comprar un piso en Alicante?

    El artículo 9.1.e) de la Ley de Propiedad Horizontal dice que SI, pero con limitaciones.

    La ley determina que el comprador responde de las deudas de la anualidad en curso y de los tres años naturales anteriores.

    ¿Cómo puedo saber si mi vivienda tiene deudas con la comunidad de vecinos del anterior propietario?

    Desde F&C Administradores recomendamos que, antes de cerrar la compraventa, solicites un certificado de deudas, expedido por el administrador de fincas o el secretario de la comunidad con el visto bueno del presidente.

    Este documento indica si el propietario vendedor está al corriente de pago de los gastos de la comunidad.

  • ¿Qué pasa si nadie quiere ser presidente de la Comunidad de Vecinos?

    La Ley de Propiedad Horizontal (LHP) establece que es totalmente obligatoria la figura del presidente de la comunidad de vecinos y será el representante legal de la misma.

    Según el artículo 13.2 de la Ley de Propiedad Horizontal, debe elegirse entre los propietarios por votación, turno rotatorio o sorteo. Si no hay voluntarios, se puede nombrar a dedo. Si aún así no hay acuerdo, se puede acudir al juez.

    No tener presidente puede bloquear decisiones importantes: tramitación de ayudas, contratación de servicios, reclamaciones por impagos, gestión de derramas… Es decir, el buen funcionamiento de la comunidad depende, en gran parte, de la figura del presidente.

    ¿Qué puede hacer F&C Administradores si nadie quiere ser presidente de tu comunidad de propietarios?

    Contar con una administración de fincas cercana es una de las soluciones más eficaces para este tipo de situaciones. Aunque el cargo de presidente no se puede evitar legalmente, delegar las gestiones técnicas y administrativas en profesionales ayuda a desbloquear conflictos, garantizar el cumplimiento de la ley y mantener una buena convivencia.

    En F&C Administradores nos ocupamos de la gestión económica, el mantenimiento y otras tareas de tu comunidad de propietarios, en Alicante o Benidorm, facilitando el rol del presidente.

  • ¿Cómo reducir los gastos de una comunidad de vecinos?

    Un buen administrador de fincas tratará de reducir los gastos de su comunidad y, por tanto, las cuotas de los vecinos, con pequeños cambios en la gestión del edificio.

    El banco, los seguros o la compañía eléctrica son algunas de las claves que la OCU nos da para reducir los gastos de nuestra comunidad de vecinos.

    En F&C Administradores nos ocupamos de esos pequeños detalles. Pídenos tu presupuesto personalizado y auditaremos tus cuentas para ofrecerte una gestión más eficiente de tu comunidad.